Convocatoria Tecnobecas 2016

PROGRAMA TECNOBECAS – CONVOCATORIA 2016

BASES

I – GENERALIDADES:

OBJETO: Las Tecnobecas tienen por objeto la ejecución de prácticas de formación profesional orientadas a actividades científicas, tecnológicas y de gestión, bajo la conducción de Directores, tendientes a favorecer la formación de recursos humanos y sin implicación alguna de relación de dependencia presente o futura.

DESTINATARIOS: Las Tecnobecas están destinadas a alumnos, sin límite de edad, del último año, de carreras universitarias, preferentemente acreditadas por la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU) o terciarias oficiales, dictadas por instituciones radicadas en la Provincia, y/o a profesionales de hasta un año de egresados de dichas instituciones, considerándose para establecer dicho término la fecha que figura en el diploma que acredita el pertinente título, otorgado por la institución correspondiente. En caso de no existir aspirantes inscriptos en una determinada área que cumplan con los plazos expresados se podrán exceptuar los mismos.

LUGAR Y ÁMBITO DE LAS PRÁCTICAS: Los Tecnobecarios se desempeñarán en el Centro de Excelencia en Productos y Procesos (CEPROCOR), en sus sedes de la Ciudad de Córdoba (calle Álvarez de Arenales 180 – CBA) o del Complejo Santa María de Punilla (Santa María de Punilla – SMP), en el marco de las Unidades, Proyectos o áreas que se especifique, conforme la disciplina de su conocimiento. Eventualmente, podrá realizarse una rotación interna en otra Unidad o sector del CEPROCOR, acorde a la disciplina de conocimiento del Tecnobecario, a fin de ampliar sus áreas de práctica.

DURACIÓNY HORARIOS DE LAS PRÁCTICAS: Las prácticas de las Tecnobecas iniciarán el día 1 de marzo del 2017, tendrán una duración de doce (12) meses y se realizarán durante treinta (30) horas semanales, entre las 8:00 y las 18:00 horas en días hábiles administrativos, según se acuerde con el Director y el Responsable del sector donde se desempeñe el Tecnobecario.

ESTIPENDIO – BENEFICIOS: Los Tecnobecarios percibirán un estipendio mensual de Pesos Seis Mil Cien ($6100,00.-), un seguro de cobertura de riesgos en el lugar de las prácticas y en el caso de desempeñarse en la Sede del Complejo de Santa María de Punilla podrán utilizar el transporte hacia la misma, desde la Sede Ciudad de Córdoba y de vuelta, a cargo del CEPROCOR. A fin de comenzar a percibir estos beneficios, los interesados deberán completar y presentar los formularios que a tales efectos se les indiquen.

 

CRONOGRAMA:

  •  Desde el 01/11/2016 al 15/11/2016: Presentación de Solicitudes
  •  16/11/2016: Recepción de excusaciones y recusaciones de miembros de Comisión – en días hábiles administrativos, en horario de 10:00 a 14:00 hs.
  • 17/11/2016:  Resolución de Directorio del CEPROCOR de excusaciones y recusaciones, si las hubiere y, en tal caso, conformación definitiva de Comisión.
  • 18/11/2016 – 24/11/2016: Entrevistas personales.
  • 30/11/2016:  Conclusión de la evaluación – Orden de Mérito

 

VACANTES – PERFILES: El número máximo de vacantes en la presente convocatoria es de veintisiete (27), para desempeñarse en las Unidades y sede que a continuación se detallan:

 

Unidad (Referencia para la inscripción) Perfil de formación requerido Sede
Espectrometría Molecular Anexo I – E logo_pdf SMP
Espectroscopia Anexo I – F logo_pdf SMP
Estudios Físicos Anexo I – G logo_pdf SMP
Metrología Anexo I – H logo_pdf SMP
Separaciones Analíticas Anexo I – I logo_pdf SMP
Medicamentos- Bioequivalencia Anexo I – J logo_pdf SMP
CEPROFARM Anexo I – K logo_pdf SMP
Medicamentos Anexo I–L logo_pdf SMP
Agroquímicos Anexo I – M logo_pdf SMP
Alimentos Anexo I – N -i logo_pdf SMP
Anexo I – N- ii logo_pdf SMP
Aguas Anexo I–Ñ logo_pdf SMP
Tecnología Química Anexo I – O -i logo_pdf SMP
Anexo I – O -ii logo_pdf SMP
Auditoria de Procesos Anexo I–P logo_pdf CBA
Suac y Recepción de Muestras Anexo I – Q logo_pdf SMP/CBA
Sistemas Informáticos y Telecomunicaciones Anexo I –R logo_pdf SMP
Extensión Social y Comunicaciones Anexo I – S logo_pdf SMP
Compras y Contrataciones Anexo I – T logo_pdf SMP
Dirección Administrativa Anexo I – U – i logo_pdf SMP
Anexo I – U – ii logo_pdf SMP
Calidad Anexo I – V logo_pdf SMP
Dirección de Servicios y Vinculación Anexo I – W logo_pdf SMP/CBA
Biología Molecular Anexo I – X logo_pdf SMP
Microbiología Anexo I – Y logo_pdf CBA
Biociencias Anexo I- Z logo_pdf SMP

 

II – PROCEDIMIENTO  DE INSCRIPCIÓN Y SELECCIÓN:

 A) Presentación de Solicitudes – Requisitos – Consultas:

El aspirante a Tecnobecario deberá enviar a tecnobecas@ceprocor.uncor.edu el formulario Solicitud de Tecnobeca (Anexo I – descargar Word  ) adjuntando escaneo de la documentación anexa que se requiere en el mismo y su Curriculum Vitae, con carácter de declaraciones juradas. Se enviará una respuesta automática confirmando la recepción del correo. No se le dará curso a solicitudes enviadas en forma incompleta o fuera de término.

En el caso de ser convocado a entrevista de selección, deberá llevar a la misma la documentación original enviada por correo electrónico en el proceso de inscripción.

Cada aspirante a Tecnobecario podrá presentar solicitud como máximo en dos Unidades.

Toda documentación que se adjunte más allá de lo solicitado o luego del término previsto para recepción de Solicitudes, no será considerada.

Las consultas deberán realizarse por correo electrónico a la siguiente dirección de e-mail: consultas@ceprocor.uncor.edu

B) Evaluación de Solicitudes y Adjudicación:

Las Solicitudes recibidas serán remitidas para su evaluación a la Comisión correspondiente a la/s Unidad/es (referencia de inscripción) que el aspirante haya manifestado de su interés, la cual se encontrara conformada según lo detallado infra, en el presente apartado.

Los aspirantes podrán recusar a miembros de la Comisión que le corresponda, en base a lo establecido en el Art. 6ºde la Ley de Procedimientos Administrativos 5350. Asimismo, los miembros de la Comisión deberán excusarse por las mismas causales. A sus efectos, los aspirantes deberán indicar en la Solicitud de Tecnobeca la existencia de vínculos con personal del CEPROCOR. Las decisiones del Directorio del CEPROCOR sobre los incidentes de recusación o excusación serán irrecurribles.

La Comisión evaluará conforme los criterios de evaluación estipulados en el Registro de Evaluación (Anexo I – B), en base a los antecedentes académicos y científico-tecnológicos o de gestión obrantes en su Solicitud, ejercicios prácticos y entrevistas personales realizadas por el mismo, considerando las características generales y específicas de las actividades propias de la disciplina de que se trate.

Comisión Evaluadora Unidad (Referencia para inscripción) Miembros la Comisión evaluadora

I Espectrometría Molecular Gabriela Foray

Marcela Inga

Alejandro Germanier

Gabriel Spahn

Espectroscopia
Estudios Físicos
Metrología

II Separaciones Analíticas Mauricio Turco

Irene Cañas

Fabiana Maldonado

Alimentos
Agroquímicos

III Análisis Farmacéutico Viviana Dabbene

Silvia Farfán

Ismael Bianco

CEPROFARM
Bioequivalencia – Biodisponibilidad

IV Alimentos Fabiana Maldonado

Soledad Miralles

Carlos Ferrayoli

Aguas
Tecnología Química

V Auditoria de Procesos Andrea Alessio

Adriana Stievenazzo

Nancy Passalacqua

Suac y Recepción de Muestras
Microbiología

VI Sistemas Informáticos y Telecomunicaciones María Laura Morcillo

Mariana Lorenzo

Guillermo Darbyshire

Extensión Social y Comunicaciones

VII Compras y Contrataciones Susana Morandi

Guillermo Darbyshire

Lorena Signetto

Dirección Administrativa

VIII Calidad Luciana Beladelli

Cristina Pareja

Marcelo Machado

Dirección de Servicios y Vinculación

IX Biología Molecular Andrea Belaus

Roxana Alasino

Raúl Badini

Biociencias

Cuando lo consideren pertinente, las Comisiones Evaluadoras podrán evaluar perfiles de candidatos que hayan optado por otras Unidades.

Oportunamente los resultados de las evaluaciones serán elevados al Directorio del CEPROCOR a fin que éste establezca, mediante Resolución, el Orden de Mérito para el otorgamiento de la Tecnobeca, resolución que estará sujeta a autorización previa en los términos del Art. 51 del Dec 1791/15, ratificado por Ley 10.337. y que será oportunamente notificada a los interesados. El CEPROCOR, a través de los medios que establezca, hará pública la lista de beneficiarios de Tecnobecas y comunicará al aspirante el otorgamiento o el rechazo de su Solicitud. Los interesados podrán solicitar la vista de la evaluación de que fuera objeto su Solicitud luego de recibir dicha comunicación.​

No se concederá vista del expediente al interesado durante todo el trámite de evaluación. El procedimiento de evaluación es reservado hasta el dictado del acto resolutivo correspondiente, momento a partir del cual el interesado podrá tramitar la vista.

DE LOS DIRECTORES:

El CEPROCOR asignará a cada Tecnobecario un Director (o dos Codirectores) responsable, quien deberá ser un investigador del Centro en la disciplina o área temática de la cual se trate la Tecnobeca o el responsable del Área pertinente.

El Director orientará y dirigirá la ejecución de las prácticas de formación del Tecnobecario en forma personal, debiendo, a tales efectos, elaborar un Programa de Capacitación y Entrenamiento para el Tecnobecario, con el aval del Responsable del sector donde éste se desempeñe.

Asimismo, el Director deberá brindarle al Tecnobecario el acceso necesario a la infraestructura del sector correspondiente y la información que éste requiera, debiendo controlar la efectiva realización de las actividades de investigación. Además, deberá informar al Directorio del CEPROCOR la evaluación del desempeño del Tecnobecario.

El Director deberá garantizar que se imparta formación teórico práctica al Tecnobecario en el Área de su especialidad y promover la formación del mismo, especialmente en el área de conocimiento de la Tecnobeca y fomentar su perfeccionamiento técnico.

El Director no podrá ausentarse por un periodo superior a los sesenta (60) días consecutivos, sin que se haya designado un Director sustituto.

CONVENIO INDIVIDUAL DE TECNOBECA – ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD: Previo al inicio de las prácticas, cada Tecnobecario suscribirá un “Convenio Individual de Tecnobeca” (Anexo I – C) en el que se indicará disciplina, área, laboratorio, tema, Director, lugar de desarrollo de las prácticas y demás particularidades. Asimismo, suscribirá un “Acuerdo de Confidencialidad” (Anexo I – D) en virtud del eventual acceso que pudiera tener a resultados de estudios de terceros u otra información confidencial en razón de las prácticas en laboratorios y oficinas del Centro.

OBLIGACIONES y DERECHOS DE LOS TECNOBECARIOS:

Son obligaciones de los Tecnobecarios:

  1. Cumplir en tiempo y forma las prácticas de formación y el Programa de Capacitación y Entrenamiento, bajo la conducción de su Director.
  2. Informar por anticipado cualquier modificación en los datos declarados.
  3. Concurrir a las entrevistas y reuniones a las que fuese convocado por el CEPROCOR y poner a disposición del CEPROCOR toda la información relativa al desarrollo de sus prácticas.
  4. Informar al CEPROCOR, cualquier conocimiento, desarrollo o innovación susceptibles de ser registrados intelectualmente o resultado transferible al sector de producción de bienes y servicios logrado, a los que haya llegado como consecuencia de las actividades realizadas, en un plazo no mayor a treinta (30)días luego de producido el mismo.
  5. Observar los reglamentos internos y demás disposiciones del CEPROCOR que hagan a sus tareas.
  6. Presentar informes sobre sus tareas cuando el Director o las autoridades del CEPROCOR lo consideren oportuno.

 

Son derechos de los Tecnobecarios:

  1. Desarrollar aquellas actividades relacionadas con su formación que su Director considere necesarias.
  2. Contar con un seguro de riesgos por accidentes en el lugar de las prácticas, contratado por el CEPROCOR durante el periodo de duración de la Tecnobeca.
  3. Ausentarse de su lugar de trabajo por los siguientes motivos:
  4. Académicos: parciales o exámenes finales por un período máximo de 5 días hábiles durante el período previsto para la Tecnobeca.
  5. Descanso Anual: Los Tecnobecarios podrán ausentarse de su lugar de trabajo por un total de hasta diez (10) días hábiles por año como descanso anual. El período de descanso deberá ser coincidente con los recesos establecidos en el lugar de trabajo aprobado por el CEPROCOR para desarrollar la Tecnobeca.

iii. Por razones particulares: hasta cinco (5) días hábiles con un máximo de dos (2) por mes.

Cualquier solicitud de licencia, permiso o cambio de horario deberá ser informado formalmente al CEPROCOR, con la firma del Tecnobecario y de su Director y será tratada por el Responsable del sector.

INFORME FINAL – CERTIFICADO: Dentro de los treinta (30) días de finalizada la Tecnobeca, cada Tecnobecario debe presentar un informe final con el detalle de las actividades realizadas acompañados por la evaluación efectuada por el Director y el Responsable del sector donde se haya desempeñado. Dentro de los quince (15) días de presentado el informe precedentemente indicado, cada Tecnobecario recibirá un certificado del CEPROCOR que acreditará las actividades realizadas y la capacitación adquirida.

RENUNCIA A LA TECNOBECA: El Tecnobecario podrá, con causa justificada y comunicándolo al Director y al CEPROCOR, con quince (15) días de antelación como mínimo, interrumpir el desarrollo de sus tareas y presentar por escrito su renuncia a la Tecnobeca.

CANCELACION DE LA TECNOBECA: El CEPROCOR podrá resolver la cancelación de las Tecnobecas en los siguientes casos:

  • Cuando exista solicitud justificada del Director y/o del Responsable del sector en que se desempeñe el Tecnobecario, ante el incumplimiento de las tareas de investigación o académicas, o por causas reiteradas de otra índole que merezcan el cese de la Tecnobeca.
  • Incumplimiento manifiesto de las obligaciones del Tecnobecario, tales como la inasistencia o el abandono de las prácticas sin causa justificada.
  • Por falsedad, ocultamiento u omisión de los datos consignados en las Declaraciones Juradas presentadas ante CEPROCOR.

En estos casos, el CEPROCOR resolverá el cese inmediato de la Tecnobeca y el Tecnobecario será inhabilitado para recibir, en lo sucesivo, Tecnobecas u otros beneficios que otorgue el CEPROCOR.

En caso de renuncia a la Tecnobeca o cancelación de la misma se podrá proceder al reemplazo del Tecnobecario, asignando la Tecnobeca vacante de conformidad al Orden de Mérito pertinente, en tanto sea viable la capacitación del mismo en el tiempo faltante para el cumplimiento del plazo de doce (12) meses. En tal caso, el Tecnobecario reemplazante realizará las prácticas durante el tiempo restante de dicho plazo. En tales supuestos se efectivizará el reemplazo mediante Resolución de Presidencia del CEPROCOR, procediéndose a la firma del consecuente “Convenio Individual de Tecnobeca” (Anexo I – C) y “Acuerdo de Confidencialidad” (Anexo I – D).

ATRIBUCIONES DEL DIRECTORIO DEL CEPROCOR: El Directorio del CEPROCOR interpretará y aplicará las presentes Bases, resolviendo además, en toda cuestión que se suscite derivada de aquellas situaciones no previstas en las mismas.

 


 

WordAcuerdo de Confidencialidad

 

WordConvenio Individual de Tecnobeca